SII permite opción de pago diferido hasta el 30 de junio para las Rentas (F22) con vcto. el 30.04.2021

La medida apunta al pago del Impuesto a la Renta a través del sistema de pago diferido y beneficiará a contribuyentes de los regímenes “Pro Pyme General” y “Pro Pyme Transparente”.

• Presentación

El martes 27 de abril, el Director del SII, Fernando Barraza, anunció como una medida paliativa a la crisis por “Covid-19”, ampliar el plazo en dos (2) meses adicionales para el pago de los Impuestos Anuales a la Renta (F22) del A.T. 2021, que vence el 30 de abril de 2021. Esto significa hasta el 30 de junio próximo.

Esta medida se agradece, pero resulta poco clara para el universo de los contribuyentes. Al respecto, la medida según lo informado por el Servicio beneficiará a aquellos contribuyentes de los regímenes “Pro Pyme General” (14 D3) y “Pro Pyme Transparente” (14 D8), es decir, ¿solo a las empresas y empresarios individuales que pertenecen a estos regímenes?, ¿y qué pasa con los propietarios de estas empresas y demás contribuyentes de IF que puedan tener un pago asociado?, ¿podrán también acogerse al beneficio? Todo apunta a que sí. La respuesta la darán los mismos contadores y contribuyentes dentro de las próximas horas.

• Acogerse al sistema de pago diferido

Para optar al beneficio, se supone que los contribuyentes con pago asociado deberán hacerlo al momento de efectuar su declaración (F22) a través de la web del SII, debiendo acogerse previamente al sistema de pago diferido.

Al sistema de pago diferido podrá accederse, según muestra la imagen siguiente (ver imagen N° 1), ubicando dicha opción bajo el menú “Declarar Renta (F22)”, esto es, donde dice “Pago diferido”.

Imagen N° 1. Acceso al sistema de “Pago diferido” en la web del SII.

Fuente: www.sii.cl.

Así, al ingresar a “Pago diferido” con el RUT y Clave Tributaria del contribuyente que requiere el beneficio (ver imagen N° 2), el Servicio le permitirá acceder a una nueva pantalla, donde podrá consultar si tiene derecho a la opción, pudiendo ingresar el monto (en pesos) de la obligación tributaria principal a diferir. Puede ser la totalidad del F22 (línea 94, código 91) que mantiene guardado o una parte de su monto.

Imagen N° 2. Al ingresar a “Pago Diferido” con RUT y Clave Tributaria.

Fuente: www.sii.cl.

• ¿Habrá reajustes, intereses y multas?

El pago de los impuestos bajo esta medida permitirá a los contribuyentes darles tiempo u holgura para reunir la liquidez suficiente para poder pagarlos. No obstante, igualmente se exige que la declaración de impuestos (F22) deba estar presentada este 30 de abril de 2021 a más tardar. Por lo que se posterga únicamente el pago de los impuestos en dos meses, sin cobro de intereses (tampoco habrá multas), pero ¿habrá reajustes por IPC? Nada señaló el comunicado del Servicio sobre esto último. Lógicamente, quienes opten por la medida deberán pagar, luego, sus impuestos reajustados. No es lo mismo el valor del dinero al 30 de abril de 2021 o al 30 de junio próximo.

Por otro lado, la medida señalada no resuelve la gran necesidad y anhelo que tenían los contadores de aplazar tanto la declaración (el envío o presentación del F22 al Servicio) como también su pago asociado, en los casos que corresponda. Recordemos que a estas alturas aún hay muchos contadores determinando las bases imponibles (cerrando la contabilidad y preparando la información para declarar), por lo que el trabajo deberán tenerlo listo necesariamente este 30 de abril. Sin embargo, cabe precisar que se encuentra en etapa de trámite en el Congreso, un proyecto de ley que busca cumplir con las expectativas de los profesionales del mundo contable y tributaristas, al modificar el actual artículo 36 del Código Tributario, D.L. N° 830, de 1974, pensado en una visión de largo plazo. Lo invitamos a revisar este proyecto y ver en qué estado de avance se encuentra al día de hoy.

Ampliación del plazo para declarar y pagar el Impuesto a la Renta

Por último, el Servicio también anunció que las rectificatorias del F22, A.T. 2021 que se realicen hasta el 30 de septiembre de 2021, como consecuencia de errores en la información entregada, tendrán una condonación del 100% de los intereses y multas. ¿Será para todos los casos?, ¿cómo podrá el Servicio discriminar entre los diferentes tipos de rectificatorias que se realicen? Estas dudas habrá que aclararlas solo en la práctica.

Lo invitamos, mientras tanto, a revisar de primera fuente esta noticia y sus alcances:

SII extiende plazo para pagar el Impuesto a la Renta hasta el 30 de junio manteniendo fechas de devolución

SANTIAGO, miércoles 28 de abril de 2021.

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